LEY 1620
Informes:
Que la Ley 1620 de 2013, creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
Que el Gobierno Nacional reconoce que uno de los retos que tiene el país, está en la formación para el ejercicio activo de la ciudadanía y de los Derechos Humanos, a través de una política que promueva y fortalezca la convivencia escolar, precisando que cada experiencia que los estudiantes vivan en los establecimientos educativos, es definitiva para el desarrollo de su personalidad y marcará sus formas de desarrollary construir su proyecto de vida. Y quedela satisfacción que cada niño y joven alcance y del sentido que, a través del aprendizaje, le dé a su vida, depende no sólo su bienestar sino la prosperidad colectiva.
Que para la implementación y cumplimiento de lo consagrado en la Ley 1620 de 2013,se requiere regular la organización y funcionamiento del Comité Nacional de ConvivenciaEscolar; de los Comités municipales, distritales y departamentales de Convivencia Escolar y de los Comités Escolares de Convivencia.
Que la Ley 1620 de 2013establece como herramientas del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar: i) el Sistema de Información Unificadode Convivencia Escolary ii) la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y susprotocolos de atención.
Por lo anterior, se requiere de un desarrollo normativo que permita fijar la conformación y funcionamiento del Sistema de Información Unificado y establecer las pautas mínimas sobre cómo aplicar la Ruta y los protocolos, para prevenir y mitigar las situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos.